Enciclopedia de Derechos y seguridad pública
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Jurisdicción
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Una de las funciones distintivas de la soberanía del estado consiste en la potestad exclusiva de aplicar coercitivamente la ley en caso de su violación, función ésta que se desarrolla por medio de órganos jurisdiccionales.
La Jurisdicción se caracteriza por ser monopolio exclusivo de un órgano público y por ajustarse a normas jurídicas precisas que especifican la manera de proceder. Desde un punto de vista formal, se distinguen en la jurisdicción tres elementos principales: existencia de un órgano adecuado (juez), proceso o procedimiento preestablecido para la función jurisdiccional y existencia de un sistema de garantías procesales.
Existen varias clases de jurisdicción, en atención a la materia de que traten: civil, penal, laboral, etc. En cuanto al órgano, se diferencia la jurisdicción ordinaria, que se refiere a la generalidad de los casos, de la jurisdicción especial, que entiende de una categoría determinada de casos (tribunales especiales).
En ocasiones pueden producirse conflictos de competencias entre distintos tribunales. Por ejemplo, un caso puede ser simultáneamente reclamado por un tribunal civil y otro laboral o por dos tribunales de la misma naturaleza pero de distinto ámbito geográfico.
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